Servicios Laborales

ASESORÍA MEDITERRANEA, S.L.

SERVICIOS DE ASESORAMIENTO ÁMBITO LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL

Tramitación de altas, bajas y modificaciones de trabajadores en la Tesorería General de la Seguridad Social mediante el Sistema Red directamente con dicho organismo.  

Confección y presentación, también a través del programa Contrata, de los contratos que originen cada una de las altas de los trabajadores, y envío del justificante resultante de cada presentación. Asesoramiento sobre idoneidad de modelo de contratación para cada nuevo empleado.

Tramitación en las mutuas de accidentes de los partes de baja/alta por enfermedad y accidente de los trabajadores, ya sean de origen laboral o no. Ejecución de la comunicación de los partes de accidente por sistema Delta.  

Confección de los recibos de salarios (nóminas) de los trabajadores de la empresa, enviando estas nóminas vía telemática a la dirección de correo proporcionada por el cliente. Atención de posibles incidencias y variaciones de nómina.  Vigilancia de actualización de tablas salariales y convenios aplicables, con propuesta de incorporación de cada actualización en función de las nóminas actuales. 

Confección y presentación de los documentos de las cuotas a la Seguridad Social vía sistema RED, domiciliando el pago en una cuenta facilitada por el cliente.

Solicitud de certificados de estar al corriente en el pago con la Tesorería General de la Seguridad Social vía sistema red.

Confección de todos los documentos necesarios en caso de cese o despido de los trabajadores de la empresa, certificados de empresa, finiquitos, cartas de comunicación.

Estudio y presentación de posibles subvenciones, y bonificaciones de las que se pudieran beneficiar por la contratación de trabajadores.

Representación ante el SMAC en caso de que fuese necesarios por el despido improcedente de algún trabajador o reclamación por cualquier motivo de naturaleza laboral.

Estudio y confección de los documentos de ingreso a cuenta del I.R.P.F trimestrales, así como del resumen anual de dichos pagos. (Modelo 190).

Estudio y confección de los certificados de retenciones para cada trabajador, con el fin de que puedan realizar su declaración anual de I.R.P.F.

Asesoramiento en todo lo necesario, en lo referente al plano laboral y de Seguridad Social. 

Las subvenciones se facturarán aparte del modo siguiente: Una vez identificada la oportunidad de acceder a una subvención, el cliente será advertido de ello, estableciéndose el porcentaje a facturar por parte de la asesoría solo en caso de obtención de la misma.  Cada subvención será valorada en su porcentaje en función de su complejidad en el trámite y gestión de la misma, pudiendo oscilar entre un 8% y un 15% de la cuantía obtenida finalmente por el cliente.  

HONORARIOS PARA SOCIOS

Área laboral.

Cuota por cada trabajador de alta 16 euros/mes.

No se incluye la asistencia a juicio laboral

La representación frente a SMAC será minutada por acto con unos honorarios de 90 euros.

Anualmente los precios se incrementarán en el IPC correspondiente.

Se incluyen en estos honorarios el análisis y diagnóstico de los cumplimientos en normativa laboral respecto de obligaciones tales como Prevención de Riesgos Laborales, Protección de datos, Protocolos de acoso, Seguros obligatorios por convenio colectivo, y cualquier otra exigencia que por razón del sector de actividad del cliente surja como necesario o recomendable. La contratación y abono de estos servicios, en su caso, correrá a cargo del cliente.

HONORARIOS PARA NO SOCIOS

Cuota por cada trabajador de alta, 22 euros/mes.

No se incluye la asistencia al juicio laboral.

La representación frente a SMAC será minutada por acto con unos honorarios de 150 euros.

Anualmente los precios se incrementarán en el IPC correspondiente.

Se incluyen en estos honorarios el análisis y diagnóstico de los cumplimientos en normativa laboral respecto de obligaciones tales como Prevención de Riesgos Laborales, Protección de datos, Protocolos de acoso, Seguros obligatorios por convenio colectivo, y cualquier otra exigencia que por razón del sector de actividad del cliente surja como necesario o recomendable. La contratación y abono de estos servicios, en su caso, correrá a cargo del cliente.

Al importe resultante le será aplicado el I.V.A. correspondiente.

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